Términos y condiciones generales del MICROCRÉDITO DE MOVINERO
CLÁUSULA 1.- DEFINICIONES
Los términos utilizados en estos estos términos y condiciones (en adelante, las “Condiciones Generales del PréstamoMICROCRÉDITO”) significan:
- Condiciones Particulares del MICROCRÉDITO: significa la especificación de las Condiciones Generales del MICROCRÉDITO para cada MICROCRÉDITO que serán puestas a disposición del Cliente o Usuario de forma previa a su solicitud.
- Contrato de MICROCRÉDITO: es la unión entre las Condiciones Generales del MICROCRÉDITO y las Condiciones Particulares del MICROCRÉDITO de forma conjunta mediante las que el Prestamista entrega una cantidad de dinero al Prestatario, comprometiéndose este último a devolver el dinero en las fechas pactadas conforme a los plazos que se pacten entre las partes, concediéndose así un MICROCRÉDITO personal al Prestatario. El Contrato de MICROCRÉDITO se rige por la Ley española 22/2007, de 11 de julio, sobre comercialización a distancia de servicios financieros destinados a los consumidores, la Ley española 16/2011, de 24 de junio, de Contratos de Créditos al Consumo, la Ley española 34/2002, de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y Comercio Electrónico, el Real Decreto Legislativo español 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias, así como demás normativa general de aplicación.
- Coste total del MICROCRÉDITO: significa todos los costes que el Prestatario está obligado a soportar en relación con el MICROCRÉDITO concedido bajo el Contrato de MICROCRÉDITO.
- Día de reembolso: significa el día en el que el Prestatario está obligada a pagar el Importe a reembolsar a la cuenta bancaria indicada por el Prestamista. Como reembolso del MICROCRÉDITO se entiende que el pago se realiza en la cuenta bancaria indicada por el Prestamista: la cuenta bancaria del Prestamista o la cuenta bancaria gestionada por la entidad que actúa en nombre del Prestamista;
- Comisión de Apertura: Se trata de un pago único por la provisión del Importe del MICROCRÉDITO basado en la Solicitud del Prestatario y será pagadera en la Fecha de Pago.
- Formulario de Registro - un formulario electrónico ubicado en la Plataforma de MICROCRÉDITO, utilizado para registrar a los Prestatarios, así como para presentar las Solicitudes para el Contrato de MICROCRÉDITO;
- Cuenta de Usuario - significa una cuenta de usuario individual creada por el Prestatario en la Plataforma de MICROCRÉDITO durante el registro del Prestatario en la Plataforma de MICROCRÉDITO, puesta a disposición del Prestatario después de iniciar sesión, durante el proceso de solicitud de MICROCRÉDITO y para comunicarse con el Prestamista en asuntos regidos por estas Condiciones Generales del MICROCRÉDITO;
- Cantidad de reembolso - la Cantidad del MICROCRÉDITO pagado por el Prestamista al Prestatario incrementado por la Comisión e Interés;
- Intereses de demora - La penalización en caso de incumplimiento del plazo de pago al tipo definido en las disposiciones sobre el importe del MICROCRÉDITO de las Condiciones Particulares del MICROCRÉDITO.
- Plataforma de MICROCRÉDITO - significa el sitio web utilizado para concluir el Contrato de MICROCRÉDITO (https://movinero.es/);
- Información Normalizada Europea: significa el modelo de formato normalizado elaborado por la Unión Europea para todos los Estados miembros en virtud de la Directiva 87/102/CEE, aplicable y preceptivo a todos los MICROCRÉDITO por importe superior a doscientos euros (200,00 €), conforme a lo dispuesto en los artículos 10 y 12 de la Ley española 16/2011, de 24 de junio, de contratos de crédito al consumo.
- MICROCRÉDITO - significa los fondos transferidos a el Prestatario por el Prestamista en forma de un MICROCRÉDITO a corto plazo por el importe y en las condiciones especificadas en el Contrato de MICROCRÉDITO;
- Prestamista - significa la empresa Bantor Atlantic S.A. con domicilio social en Madrid, España, en la Calle José Abascal número 56, código postal 28003, inscrita en el Registro Mercantil de Barcelona al Tomo 46.590, Folio 1, Hoja B-524781, con Número de Identificación Fiscal (N.I.F) A-67284851.
- Prestatario - significa una persona física que cumple con las condiciones establecidas en estas Condiciones Generales de MICROCRÉDITO, que concluye un Contrato de MICROCRÉDITO con el Prestamista;
- Cuenta bancaria del Prestatario - significa la cuenta bancaria del Prestatario, mantenida en euros en cualquier banco de España, a la que el Prestamista paga los MICROCRÉDITO concedidos al Prestatario;
- Cuenta bancaria del Prestamista - significa la cuenta bancaria del Prestamista a la que el Prestatario realiza los pagos al Prestamista;
- Día Hábil: el día (distinto del sábado y domingo) considerado laborable de acuerdo con el calendario laboral aprobado por el gobierno de la Comunidad Autónoma de Madrid.
- Ley: Las leyes del Reino de España. Además, según el caso, estas Condiciones Generales del MICROCRÉDITO, estarán sujetas a la Ley española 16/2011 de 24 de junio con respecto al Crédito al Consumo, la Ley española 22/2007 de 11 de julio, relativa a la Comercialización a Distancia de servicios financieros para consumidores, en su caso, la Ley española 34/2002 de 11 de junio, relativa a los Servicios de la Sociedad de la Información y el Real Decreto Ley español 1/2007 del 16 de noviembre, sobre la aprobación general de la Ley española para la Protección de los Consumidores y Usuarios, así como cualquier otra legislación española general que pueda ser aplicable.
- COSTE CRÉDITO: El coste total del MICROCRÉDITO expresado como un porcentaje del valor total del MICROCRÉDITO concedido en virtud del Contrato de MICROCRÉDITO, que se define y calcula de conformidad con la Ley, y que está indicada en las disposiciones sobre el importe del MICROCRÉDITO de las Condiciones Particulares del MICROCRÉDITO;
- Verificación del Prestatario - significa las actividades de control llevadas a cabo por el personal administrativo del Prestamista consistentes en verificar la conformidad de la información y los datos proporcionados por el Prestatario durante el registro en la Plataforma de MICROCRÉDITO;
- Solicitud del MICROCRÉDITO - significa la solicitud presentada por el Prestatario en la forma especificada en este Condiciones Generales del MICROCRÉDITO, cuyo propósito es beneficiarse del Contrato de MICROCRÉDITO.
- Tratamiento de Datos Personales: las operaciones y procedimientos técnicos de carácter automatizado o no, que permiten la recogida, grabación, conservación, elaboración, modificación, bloqueo y cancelación, así́ como las cesiones de Datos Personales necesarias para la gestión del MICROCRÉDITO y los servicios complementarios ofrecidos por el Prestamista.
- Servicio a Distancia: significa las técnicas de comunicación, a través de redes telemáticas, facilitadas por el Prestamista para que el Prestatario pueda llevar a cabo la Solicitud de MICROCRÉDITO y la Aceptación del MICROCRÉDITO, así como cualquier otra actuación necesaria para la formalización del MICROCRÉDITO. A los efectos de la contratación a distancia, se entenderá la contratación realizada a través de la Página Web, SMS o WhatsApp a través de telefonía móvil, correo electrónico, redes sociales o cualesquiera otros medios que el Prestamista ponga a disposición del Solicitante de MICROCRÉDITO.
CLÁUSULA 2 - OBJETO DEL CONTRATO
- El objeto de las presentes Condiciones Generales del MICROCRÉDITO es determinar los principios/reglas sobre los que el Prestamista y el Prestatario celebrarán el Contrato de MICROCRÉDITO a Distancia.
- El MICROCRÉDITO se considerará concedido cuando la transferencia se acredite (contabilice) en la cuenta bancaria del Prestatario. También se considera que el MICROCRÉDITO se ha concedido en el momento de acreditar (contabilizar) la transferencia de dinero en las cuentas indicadas por el Prestatario. El MICROCRÉDITO se puede conceder únicamente en Euros.
- El Contrato de MICROCRÉDITO se regirá por las presentes Condiciones Generales del MICROCRÉDITO y Condiciones particulares del MICROCRÉDITO de conformidad con la Ley.
- El Prestatario declara expresamente que, antes del otorgamiento del Contrato, el Prestamista le ha proporcionado la información precontractual (i) según se define en por el modelo estándar de Información Normalizada Europea (ii) en relación con el proceso de datos de carácter personal del Prestatario y (iii) sobre la liquidación de pagos contractuales así como (iv) sobre las consecuencias legales que se derivan de la formalización del Contrato por medios a distancia, que han de ser las mismas como si el Contrato se hubiera formalizado de forma manuscrita.
- El MICROCRÉDITO se rige, además de por las Condiciones Generales del MICROCRÉDITO y las correspondientes Condiciones particulares del MICROCRÉDITO, por lo establecido, a título no limitativo, en la Ley española 22/2007, de 11 de julio, sobre comercialización a distancia de servicios financieros destinados a los consumidores y la Ley española 16/2011, de 24 de junio, de contratos de crédito al consumo, sin perjuicio de la aplicación de la normativa general que contiene la Ley española 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y comercio electrónico; en el Real Decreto Legislativo español 1/2007, de 16 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios y otras leyes complementarias; por la Ley española 7/1996, de 15 de enero, de ordenación del comercio minorista, el principio de libertad de pactos del artículo 1.255 del Código Civil español y demás normativa de aplicación, especialmente en materia de protección de datos de carácter personal.
CLÁUSULA 3 – REGISTRO EN LA PLATAFORMA DE MICROCRÉDITO
- La condición para la Solicitud del MICROCRÉDITO es el registro previo del Prestatario, la creación y la activación de una Cuenta de Usuario en la Plataforma de MICROCRÉDITO.
- La Solicitud de MICROCRÉDITO conlleva la completa adhesión por parte del Prestatario, sin reserva alguna, a las Condiciones Generales del MICROCRÉDITO y, respecto de las Condiciones particulares del MICROCRÉDITO, serán las que se pacten entre las Partes.
- La inscripción se realiza rellenando el formulario de inscripción que se encuentra en la Plataforma de MICROCRÉDITO.
- Al presentar una solicitud para un Contrato de MICROCRÉDITO, el Prestatario proporcionará, entre otros, los siguientes datos:
- Identificación del Prestatario son: Nombres y apellido(s), DNI, estado civil, nivel de estudios, residencia habitual y país de nacimiento;
- Datos de contacto del Prestatario son: domicilio, número de teléfono móvil y dirección de correo electrónico;
- Información sobre los ingresos del Prestatario es: fuente de ingresos, ocupación profesional, fecha de remuneración salarial e ingresos mensuales;
- Gastos del prestatario: Cantidades mensuales de crédito y cuotas del MICROCRÉDITO, así como gastos mensuales no relacionados con el crédito y gastos financieros;
- Detalles del empleador del Prestatario: nombre y dirección del empleador, número de teléfono de contacto del empleador, industria en la que opera el empleador y el período de empleo del Prestatario con el empleador en cuestión;
- Otra información sobre el Prestatario, incluyendo el lugar de residencia del Prestatario, el número de cuenta bancaria del Prestatario, el número de personas en el hogar.
Estos datos se utilizan para registrar al Prestatario en la Plataforma de MICROCRÉDITO, así como para permitir al Prestamista evaluar la solvencia y la credibilidad del Prestatario.
- El Prestatario está obligado a proporcionar datos verdaderos en el Formulario de Registro. En caso de que el Prestamista tenga dudas sobre la veracidad o la falta de información del Prestatario en el Formulario de Registro, el Prestamista puede negar al Prestatario el derecho a registrarse en la Plataforma de MICROCRÉDITO. Proporcionar datos falsos que engañen al Prestamista puede dar lugar a responsabilidad civil o penal.
- Después de completar correctamente el Formulario de Registro, el Prestatario está obligado a verificar la Cuenta Bancaria del Prestatario. La Cuenta Bancaria del Prestatario deberá ser verificada mediante el servicio de Identificación y Verificación en línea de la cuenta bancaria, cuyos principios operativos se explican en la Plataforma de MICROCRÉDITO.
- Inmediatamente después de realizar el registro del Prestatario, el Prestamista proporcionará al Prestatario, en un soporte duradero, las Condiciones Generales del MICROCRÉDITO y una plantilla del Formulario de Retirada del Contrato de MICROCRÉDITO (en forma de archivos PDF que permiten guardarlos en el ordenador del Prestatario), y además, estos documentos serán visibles en la Cuenta de Usuario en la Plataforma de MICROCRÉDITO durante el periodo de vigencia del MICROCRÉDITO (en forma de archivos que permiten guardarlos en el ordenador del Prestatario). Los documentos mencionados en la frase anterior se enviarán en forma de archivos PDF que permitan guardarlos en el ordenador del Prestatario a la dirección de correo electrónico del Prestatario facilitada en el Formulario de Registro.
- Desde el momento del registro, el Prestatario se podrá conectar a su Cuenta de Usuario en la Plataforma de MICROCRÉDITO utilizando la dirección de correo electrónico y la contraseña que creó durante el registro.
- El Prestatario está obligado a informar inmediatamente al Prestamista de cualquier cambio en el alcance de los datos proporcionados en el Formulario de Registro, en particular el cambio de nombre o dirección postal indicado en la solicitud y otros cambios que afecten a la aplicación del Contrato de MICROCRÉDITO.
- Previamente y para verificar la identidad, así como cualesquiera comprobaciones que estimen oportunas realizar para la identificación y valoración de la operación, el Prestamista podrá ponerse en contacto con el Solicitante de MICROCRÉDITO por vía telefónica, SMS, WhatsApp, correo electrónico u otros medios, así como reclamarle la documentación relativa a su identificación y solvencia que considere necesaria. La acreditación de la identidad se realizará mediante un servicio en línea donde dentro del Formulario de Registro el usuario proveerá su DNI por el anverso y el reverso para acreditar su identidad.
CLÁUSULA 4 -SOLICITUD DE UN MICROCRÉDITO
- La solicitud de un MICROCRÉDITO puede ser presentada por el Prestatario después de un registro previo en la Plataforma de MICROCRÉDITO, a través de la Cuenta de Usuario creada en la Plataforma de MICROCRÉDITO.
- Cuando se presenta una Solicitud para un MICROCRÉDITO, el Prestatario está obligado a proporcionar una propuesta de Condiciones del MICROCRÉDITO Individual, es decir, el importe del MICROCRÉDITO y el plazo de reembolso del mismo, teniendo en cuenta la oferta de MICROCRÉDITO del Prestamista disponible en la Plataforma de MICROCRÉDITO.
- Al presentar la Solicitud para la celebración del Contrato de MICROCRÉDITO, el Prestatario declara que:
- tiene entre 18 y 75 años;
- es un consumidor en el sentido de la Ley General española para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (es decir, una persona física que realiza un acto jurídico no relacionado directamente con su actividad empresarial o profesional) y celebra un Contrato de MICROCRÉDITO con el Prestamista para fines no relacionados directamente con la actividad empresarial;
- es ciudadano español, tiene un lugar de residencia en España, así como DNI español. El Solicitante del MICROCRÉDITO declara la veracidad de la información facilitada y las declaraciones realizadas. En caso de que el Prestamista tenga indicios de que la información y declaraciones realizadas por el Prestatario son falsas o incorrectas podrá llevar a cabo las actuaciones legales pertinentes conforme a lo dispuesto en la Ley
- La Solicitud de MICROCRÉDITO implica que el Solicitante de MICROCRÉDITO declara la veracidad sobre las siguientes afirmaciones:
- Que no tiene pagos pendientes o deudas frente a terceros que puedan impedir el pago del MICROCRÉDITO, incluyendo pagos pendientes que estén anotados en cualquier registro de información sobre solvencia patrimonial y crédito;
- Que no es parte en procedimientos legales o judiciales que puedan afectar a su nivel de solvencia patrimonial y de crédito;
- Que es plenamente consciente y posee la capacidad suficiente para contratar este tipo de producto y que actúa de buena fe, manifestando especialmente que no actúa con ánimo defraudador.
- El Contrato de MICROCRÉDITO junto con las Condiciones Generales del MICROCRÉDITO y las Condiciones particulares del MICROCRÉDITO se formalizarán a distancia, registrando la oferta y aceptación y por tanto, la ejecución del Contrato de PréstamoMICROCRÉDITO con el uso de cualquier medio que permita al potencial Prestatario poder consultar en cualquier momento la información remitida, de modo que la pueda recuperar fácilmente, durante un período de tiempo adecuado para los fines para los que se destina dicha información, así como permitiendo una reproducción idéntica de la información, de conformidad con la Ley.
- Mediante el Servicio a Distancia se comunicará al Prestatario si se acepta o se deniega la Solicitud de MICROCRÉDITO, remitiéndole, en caso de aceptación, las presentes Condiciones Generales del MICROCRÉDITO, la Información Normalizada Europea y las correspondientes Condiciones Particulares del MICROCRÉDITO.
- Inmediatamente después de presentar la Solicitud de MICROCRÉDITO - antes de la conclusión de la misma - el Prestamista proporcionará al Prestatario el Formulario de Información sobre el MICROCRÉDITO, que se pondrá a disposición a través de la Plataforma de MICROCRÉDITO en forma de un archivo PDF que permite a el Prestatario guardar en su ordenador, y además este formulario se enviará a la dirección de correo electrónico del Prestatario proporcionada en el Formulario de Registro. El prestatario tiene la opción, únicamente durante el periodo de vigencia del MICROCRÉDITO, de descargar de la Plataforma de MICROCRÉDITO el Formulario de Información sobre el importe del MICROCRÉDITO que le interesa.
- Si el importe del MICROCRÉDITO propuesto por el Prestamista es inferior al importe indicado en la Solicitud del Prestatario, el Prestamista enviará inmediatamente al Prestatario a través de la Plataforma de MICROCRÉDITO un mensaje, en el que indicará el nuevo importe del MICROCRÉDITO propuesto y proporcionará al Prestatario un Formulario de Información sobre el importe del MICROCRÉDITO propuesto, de conformidad con lo dispuesto en el punto 8 anterior. El Prestatario, si está interesado en obtener el MICROCRÉDITO por el importe propuesto por el Prestamista, está obligada a confirmar a través de la Plataforma de MICROCRÉDITO la aceptación de la oferta del Prestamista.
- Una solicitud de MICROCRÉDITO que no cumpla con los requisitos establecidos en este las Condiciones Generales del MICROCRÉDITO será rechazada.
CLÁUSULA 5 - VERIFICACIÓN DE LA SOLICITUD DE MICROCRÉDITO DEL PRESTATARIO
- El otorgamiento del MICROCRÉDITO depende de la verificación positiva de la Solicitud de MICROCRÉDITO del Prestatario y de la evaluación del riesgo crediticio del Prestatario por parte del Prestamista y depende (sólo) de la decisión única del Prestamista.
- Durante la verificación de la Solicitud de MICROCRÉDITO del Prestatario, el Prestamista verifica en particular la exactitud y la integridad de los datos contenidos en la Solicitud de MICROCRÉDITO para la celebración del Contrato de MICROCRÉDITO sobre la base de los datos, listas y registros disponibles públicamente, y examina el estado actual de la deuda con el Prestamista y con otras entidades sobre la base de la información contenida en las bases de datos mantenidas por diferentes entidades
- La decisión de conceder el MICROCRÉDITO siempre la toma el Prestamista.
- La Cantidad del MICROCRÉDITO ofrecido por el Prestamista depende de la evaluación de la solvencia del Prestatario realizada por el Prestamista.
CLÁUSULA 6 - CONCESIÓN DE UN MICROCRÉDITO
- El Prestamista, informará a el Prestatario sobre la concesión o la denegación de un MICROCRÉDITO mediante un mensaje publicado en el Área de Cliente de la Plataforma de MICROCRÉDITO, por correo electrónico (e-mail) o por teléfono móvil (enviando un mensaje SMS).
- Después de que el Prestamista acepte la Solicitud de MICROCRÉDITO, el Prestamista proporcionará al Prestatario las Condiciones Generales del MICROCRÉDITO, la confirmación del MICROCRÉDITO y el formulario de información. Estos documentos serán visibles después de que el Prestatario inicie sesión en la Cuenta de Usuario (en un formulario que permite descargar y guardar los documentos en el ordenador del Prestatario). Además, el Prestamista enviará a la dirección de correo electrónico del Prestatario indicada en el Formulario de Registro los documentos indicados aquí, en forma de archivos PDF que permitan guardarlos en el ordenador del Prestatario.
- El Prestatario tiene derecho a recibir del Prestamista, de forma gratuita, las Condiciones Particulares del MICROCRÉDITO.
- Para la consideración, análisis y evaluación de la Solicitud de MICROCRÉDITO del Prestatario, el Prestamista no cobrará al Prestatario ninguna comisión.
- El Prestamista otorgará el MICROCRÉDITO en los importes:
- En la primera contratación: por un importe mínimo de 80 euros y un importe máximo de 300 euros.
- En siguientes contrataciones: por un importe mínimo de 80 euros y un importe máximo de 900 euros.
- El importe final del MICROCRÉDITO dependerá en última instancia del criterio del Prestamista.
- El Prestamista se reserva el derecho de no conceder el MICROCRÉDITO al Solicitante del MICROCRÉDITO si hay otra Solicitud de préstamoMICROCRÉDITO en curso, si no ha vencido todavía el plazo para el pago de un MICROCRÉDITO anterior o si vencido, este pago no se ha efectuado por parte del Prestatario.
- Que el Solicitante de MICROCRÉDITO haya realizado la devolución de un MICROCRÉDITO anterior no garantiza la aceptación de una futura Solicitud de MICROCRÉDITO.
- El MICROCRÉDITO se concederá y amortizará en Euros.
- La duración del MICROCRÉDITO será de mínimo 7 días y máximo 30 días naturales, con períodos fijos de 7, 14, 21 y 30 días.
- En caso de que el Prestamista rechazase la Solicitud del MICROCRÉDITO, éste no tendrá la obligación de informar al Solicitante del MICROCRÉDITO acerca de los motivos de la denegación de la Solicitud del MICROCRÉDITO y en ningún caso se considerará que ha existido el MICROCRÉDITO. No obstante, conforme dispone el art 15.2 de la Ley española de Contratos de Crédito al Consumo, “si la denegación de una solicitud de crédito se basa en la consulta de un fichero, el Prestamista deberá informar al Solicitante de MICROCRÉDITO inmediata y gratuitamente de los resultados de dicha consulta y de los pormenores de la base de datos consultada”.
CLÁUSULA 7- DISPONIBILIDAD DE CONDICIONES GENERALES DEL MICROCRÉDITO Y CONDICIONES PARTICULARES DEL MICROCRÉDITO
- El Prestatario declara expresamente que le ha sido proporcionada de forma previa a la celebración del Contrato de MICROCRÉDITO, de las Condiciones Generales del MICROCRÉDITO y de las Condiciones particulares del MICROCRÉDITO la información sobre la que versan los artículos 7 y 8 de la Ley española 22/2007, de 11 de julio, sobre comercialización a distancia de servicios financieros destinados a los consumidores. En particular, el Prestatario declara que ha sido informado de su derecho de desistimiento con arreglo a lo expresado en la cláusula 15 de las presentes Condiciones Generales del MICROCRÉDITO, así como del término, oportunidad y las instrucciones para su uso.
- El Prestatario declara expresamente que toda la información sobre la que versa la cláusula anterior, así como la información requerida por la legislación vigente de MICROCRÉDITO al consumidor, le ha sido proporcionada de forma previa a la celebración del Contrato de MICROCRÉDITO junto con las Condiciones Generales del MICROCRÉDITO y las Condiciones particulares del MICROCRÉDITO en un soporte electrónico duradero que cumple con los requisitos de durabilidad de la normatividad Europea y particularmente con lo establecido en el artículo 7.1 de la Ley española 16/2011, de 24 de junio, de contratos de crédito al consumo.
CLÁUSULA 8 - PAGO DEL MICROCRÉDITO AL PRESTATARIO
- El Contrato de MICROCRÉDITO entra en vigor en el momento en que el Prestamista decide conceder el MICROCRÉDITO e informa al Prestatario mediante el método especificado en la cláusula 6 punto 1 de las Condiciones Generales del MICROCRÉDITO. En el caso de que el importe del MICROCRÉDITO concedido por el Prestamista sea inferior al importe del MICROCRÉDITO solicitado por el Prestatario, el Contrato de MICROCRÉDITO entrará en vigor cuando el Prestatario acepte la oferta de MICROCRÉDITO propuesta por el Prestamista, de conformidad con la cláusula 4 punto 8 de las Condiciones Generales del MICROCRÉDITO.
- El Prestamista ingresará el MICROCRÉDITO al Prestatario, transfiriendo el MICROCRÉDITO a la cuenta bancaria del Prestatario una vez aprobada la solicitud. El prestatario deberá recibir el MICROCRÉDITO en un plazo no superior a cuarenta y ocho horas (48 horas) dependiendo de la entidad bancaria del prestatario. El Prestamista no se hace responsable de los posibles retrasos imputables a la entidad bancaria del Prestatario. Tras la entrada en vigor del Contrato de MICROCRÉDITO, junto con dicha transferencia, se considera que el Prestatario ha recibido el MICROCRÉDITO.
CLÁUSULA 9 - SOLICITUD DE OTRO MICROCRÉDITO
- El Prestamista podrá conceder al Prestatario nuevos MICROCRÉDITO sobre la base de las Condiciones Generales del MICROCRÉDITO aceptados por ambas partes.
- Estos MICROCRÉDITO podrán ser concedidos sólo después de que el Prestatario devuelva completamente los MICROCRÉDITO previamente concedidos por el Prestamista, teniendo el Prestador una política de un MICROCRÉDITO a la vez.
- La solicitud de otro MICROCRÉDITO puede ser presentada por el Prestatario que se haya registrado previamente en la Plataforma de MICROCRÉDITO (esto es, el Prestatario que tenga su Cuenta de Usuario activa).
- Al presentar una solicitud de un nuevo MICROCRÉDITO, el Prestatario está obligado a proporcionar una propuesta de condiciones, es decir, el importe del MICROCRÉDITO y la fecha de reembolso del mismo, teniendo en cuenta la oferta de MICROCRÉDITO disponible en la Plataforma de MICROCRÉDITO.
- Inmediatamente después de presentar la Solicitud para el nuevo MICROCRÉDITO, pero antes de la conclusión del nuevo Contrato de MICROCRÉDITO, el Prestamista proporcionará al Prestatario el Formulario de Información sobre el MICROCRÉDITO cubierto por la Solicitud del Prestatario (que se pondrá a disposición en un soporte duradero en forma de un archivo PDF que permita a el Prestatario guardarlo en el ordenador del Prestatario) que se enviará a la dirección de correo electrónico del Prestatario proporcionada en el Formulario de Registro.
- Se rechazará la solicitud para el nuevo MICROCRÉDITO que no cumpla los requisitos establecidos en las Condiciones Generales del MICROCRÉDITO.
- Después de presentar una solicitud de MICROCRÉDITO válida (correcta), el prestamista verificará la solicitud para el nuevo MICROCRÉDITO en la forma especificada en la cláusula 6 de las Condiciones Generales del MICROCRÉDITO. La decisión de conceder el nuevo MICROCRÉDITO la tomará el prestamista.
- El importe del nuevo MICROCRÉDITO se pagará de acuerdo con el Contrato del MICROCRÉDITO.
- Después de que el Prestamista acepte la Solicitud de Contrato de MICROCRÉDITO, el Prestamista pondrá a disposición del Prestatario las Condiciones Generales del MICROCRÉDITO, las Condiciones Particulares del MICROCRÉDITO, el Formulario de Información y el Formulario de Retirada, así como otros documentos visibles en la Cuenta de Usuario del Prestatario. Además, los documentos indicados en la frase anterior serán enviados por el Prestamista a la dirección de correo electrónico del Prestatario indicada en el Formulario de Registro, en forma de archivos PDF que permitan guardarlos en el ordenador del Prestatario.
- Los asuntos o materias no cubiertas en este la cláusula 9, se aplicarán las disposiciones pertinentes de estas Condiciones Generales del MICROCRÉDITO.
CLÁUSULA 10 - COSTES RELACIONADOS CON LA CONCESIÓN DEL MICROCRÉDITO
- El importe a pagar por el Prestario en lo que corresponde al coste del crédito del MICROCRÉDITO.
- La Comisión de Apertura es un pago único por la provisión de soporte sobre el Importe del MICROCRÉDITO basado en la Solicitud del Prestatario. Esta Comisión de Apertura se calculará como un porcentaje sobre el MICROCRÉDITO y se establecerá en la Condiciones Particulares del MICROCRÉDITO.
- La Comisión de Administración es un pago único por la provisión de gestiones sobre el Importe del MICROCRÉDITO. Esta Comisión de Administración se calculará como un porcentaje sobre el MICROCRÉDITO y se establecerá en la Condiciones Particulares del MICROCRÉDITO.
- La Comisión por Amortización Anticipada es un pago único por la amortización y finalización del MICROCRÉDITO antes del plazo de vencimiento acordado inicialmente entre las partes. Esta Comisión de Amortización se calculará como un porcentaje sobre el Importe del MICROCRÉDITO y se establecerá en las Condiciones Particulares del MICROCRÉDITO.
- El Prestatario no tendrá derecho a proponer cambios en los costes relacionados con la concesión del MICROCRÉDITO, siempre y cuando estos costes no vayan en contra la normativa aplicable.
CLÁUSULA 11 – CONDICIONES DE REEMBOLSO DEL MICROCRÉDITO
- El Prestatario se compromete a devolver todos los importes resultantes del Contrato de MICROCRÉDITO a más tardar en la fecha pactada de vencimiento y devolución de los importes del MICROCRÉDITO definida en las Condiciones Particulares del MICROCRÉDITO (en adelante, la, „fecha de devolución del MICROCRÉDITO”).
- El importe de reembolso vencerá en la fecha especificada en las Condiciones Particulares del MICROCRÉDITO.
- La interrupción del acceso a la Plataforma de MICROCRÉDITO no libera al Prestatario de la obligación de reembolsar el importe de reembolso en su fecha de vencimiento.
- El Prestatario tiene la opción de comprobar la fecha de reembolso y el Importe de reembolso accediendo a su Cuenta de Usuario.
- El Prestamista tiene derecho a informar a el Prestatario a través de correos electrónicos o mensajes SMS enviados al número de móvil del Prestatario facilitado en el Formulario de Registro sobre el importe actual del MICROCRÉDITO y la fecha de devolución del MICROCRÉDITO.
- Los pagos especificados en el Contrato de MICROCRÉDITO deben efectuarse en la moneda en la que se concedió el MICROCRÉDITO, es decir, en Euros.
- Los importes adeudados se reembolsarán de una de las siguientes formas:
- Mediante adeudo en Tarjeta de Débito. El Prestatario deberá proporcionar al Prestamista los datos de pago de su Tarjeta de Débito o Crédito, autorizando expresamente al Prestamista a realizar los cobros y cargos correspondientes al MICROCRÉDITO solicitado. El cobro del MICROCRÉDITO a través de este medio de pago incluirá el principal pendiente de reembolso, intereses ordinarios, intereses de demora y comisiones de servicio. El Prestamista podrá verificar la Tarjeta de Débito o Crédito introducida como método de pago mediante la autorización de uno o dos cargo nominales de UN EURO (1€) que serán devueltos al Prestatario en el plazo máximo de SIETE (7) días hábiles.
- En Efectivo, mediante adeudo bancario en las siguientes cuentas bancarias del Prestamista:
- ES66 0128 9446 9601 0001 6563, abierto en la entidad Bankinter.
- ES23 2100 3709 82220006 8194, abierto en la entidad CaixaBank.
- Por Transferencia Bancaria de la cuenta del Prestatario a cualquiera de las siguientes cuentas bancarias del Prestamista:
- ES66 0128 9446 9601 0001 6563, abierto en la entidad Bankinter.
- ES23 2100 3709 82220006 8194, abierto en la entidad CaixaBank.
Los costes derivados de la transferencia bancaria establecidos por la Entidad Financiera que ejecute la transferencia serán asumidos en su integridad por el Prestatario.
- Los pagos efectuados a través de cualquiera de las anteriores modalidades de pago no devengarán comisiones a favor del Prestamista. Determinados métodos de pago pueden conllevar el uso de proveedores externos de Servicios de Pago o Entidades Financieras. Estos proveedores de Servicios de Pago y Entidades Financieras podrán eventualmente cobrarle comisiones adicionales cuando procesen los pagos relacionados con el reembolso del MICROCRÉDITO. Estas comisiones no están relacionadas directamente con los servicios de crédito ofrecidos por el Prestamista y conforme se formaliza el presente Contrato de MICROCRÉDITO. El Prestamista no se hace responsable de dichas comisiones y renuncia a toda obligación al respecto. Asimismo, la modalidad de reembolso empleada por el Prestatario podría estar sujeta a condiciones adicionales por parte de terceros. Léalas con atención antes de emplearlas.
- El Prestatario acepta expresamente que, con el otorgamiento del Contrato de MICROCRÉDITO, la Tasa Anual Equivalente (TAE) aplicable al Importe del MICROCRÉDITO ha sido debidamente calculada conforme a la Ley.
- El Prestatario deberá pagar al Prestamista los intereses al tipo que se indica en las disposiciones sobre el Importe del MICROCRÉDITO de las Condiciones Particulares del MICROCRÉDITO. Los pagos de intereses se harán en la Fecha de Amortización. El interés se calculará durante todo el período en que el MICROCRÉDITO sea utilizado por el Prestatario a partir del primer día en que se otorgó el MICROCRÉDITO y cuyo periodo finalizó el día en que el Importe de MICROCRÉDITO concedido fue reembolsado al Prestamista.
- El Prestatario, al reembolsar el MICROCRÉDITO o parte del mismo en la Cuenta Bancaria indicada por el Prestamista, está obligado a indicar en el título de la transferencia el número del Contrato de MICROCRÉDITO al que se refiere el reembolso.
- El Prestamista permite que el MICROCRÉDITO sea reembolsado por un tercero autorizado por el prestatario, sin embargo, el título de la transferencia debe indicar el número del Contrato de MICROCRÉDITO al que se refiere el reembolso o el número DNI del Prestatario. Si el MICROCRÉDITO es devuelto por un tercero, el Prestamista confirmará que el Prestatario ha recibido el pago del MICROCRÉDITO de un tercero.
- Todos los pagos realizados por el Prestatario con respecto a los importes adeudados en virtud del Contrato de MICROCRÉDITO serán contabilizados por el Prestamista para cubrir las obligaciones del Prestatario en el siguiente orden:
- Intereses de demora
- Intereses del capital o coste del crédito del MICROCRÉDITO
- Comisiones
- Capital del MICROCRÉDITO
- En caso de que se encuentre un sobrepago en la liquidación de los pagos realizados por el Prestatario con respecto a los créditos derivados del Contrato de MICROCRÉDITO, el Prestamista reembolsará este sobrepago a la cuenta bancaria desde la que se realizó el sobrepago, y si dicha cuenta bancaria pertenece a un tercero, el importe del sobrepago se devolverá a la cuenta bancaria del Prestatario conforme a las presentes Condiciones Generales de MICROCRÉDITO. Hasta que el Prestamista devuelva el sobrepago, el Prestatario tiene derecho a presentar una orden de devolución del sobrepago por giro postal u otra cuenta bancaria.
- El Prestatario tiene derecho a recibir, a petición del Prestatario, el plan de reembolso sin cargo alguno en cualquier momento.
CLÁUSULA 12 – AMORTIZACIÓN ANTICIPADA DEL MICROCRÉDITO
- El Prestatario tiene derecho a la devolución parcial o total del MICROCRÉDITO en cualquier momento anterior a la fecha de devolución del MICROCRÉDITO especificada en el Contrato de MICROCRÉDITO.
- El Prestatario podrá reembolsar de forma anticipada la cantidad total o parcial (una o varias ocasiones), las cantidades pendientes de adeudar.
- En caso de amortización anticipada del MICROCRÉDITO, el Coste Total del MICROCRÉDITO se reducirá en aquellos costes que se relacionen con el período en el que los MICROCRÉDITO disponibles del Prestatario se hayan acortado, incluso si el Prestatario los incurrió antes de la amortización.
- La Amortización Anticipada del MICROCRÉDITO es irrevocable, tanto en las cantidades como en las fechas, quedando el Prestamista expresamente autorizado para realizar los adeudos y traspasos oportunos en los métodos de pago seleccionados por el Prestatario.
- La Amortización parcial o total del MICROCRÉDITO no requiere notificación previa al Prestamista o la conclusión de un anexo al Contrato de MICROCRÉDITO.
- Los gastos adicionales que eventualmente pudiesen originarse por razón de la Amortización Anticipada del MICROCRÉDITO serán por cuenta del Prestatario.
CLÁUSULA 13 – APLAZAMIENTO DEL MICROCRÉDITO
- El Prestatario podrá aplazar la fecha de pago del Préstamo o de alguna de las cuotas mensuales del mismo siempre que cumpla con los requisitos exigidos para ello por el Prestamista en cada momento.
- Los costes de ampliar el plazo de devolución variarán en cada caso y serán comunicados al Prestatario con carácter previo a su contratación.
- Cuando el Prestatario solicite el aplazamiento de la fecha de Pago, deberá abonar en la cuenta bancaria indicada por el Prestamista el importe correspondiente a los costes de gestión de dicha ampliación del plazo de devolución.
CLÁUSULA 14 - PAGO TARDÍO DEL MICROCRÉDITO
- Si el Importe de reembolso o una parte del mismo, no se paga a tiempo, el Prestatario estará obligado a pagar, además del Importe de reembolso, los Intereses de demora, es decir, para el período comprendido entre la Fecha de Devolución del MICROCRÉDITO y la fecha de contabilización del pago en la cuenta bancaria indicada por el Prestamista.
- Los intereses de demora son calculados mediante una penalización por mora del 1,20% diario (438%anual) sobre el importe impagado, con el límite máximo del 100% sobre el principal del crédito. calculándose mediante la siguiente fórmula [DP=DOP*DPR] Donde: "DP" es el interés de demora diario; "DOP" el saldo de principal vencido pendiente de reembolso y "DPR" el tipo de interés de demora diario , así como los gastos ocasionados por el impago del MICROCRÉDITO y sin perjuicio de las demás consecuencias que pudieran derivarse de su incumplimiento, entre otras, la inclusión de sus datos en ficheros de solvencia patrimonial y de crédito.
- Sin perjuicio de las Causas de Resolución previstas en la Cláusula 17, el Prestatario queda informado y consiente expresamente que, en caso de prolongarse el impago del MICROCRÉDITO transcurrido el período de treinta (30) días naturales establecidos en el requerimiento previo de pago efectuado por el Prestamista, considerándose por tanto la deuda como cierta, líquida, vencida y exigible, los datos del Prestatario podrán ser incluidos en las distintas bases de datos de solvencia patrimonial y crédito (comúnmente conocidos como de morosidad) como por ejemplo:
- Servicio de Crédito de EXPERIAN BUREAU DE CRÉDITO S.A., con domicilio en C/ Príncipe de Vergara, 132 – 1ª Planta, 28002, Madrid – Base de Datos BADEXCUG.
- ASNEF-EQUIFAX SERVICIOS DE INFORMACIÓN SOBRE SOLVENCIA Y CRÉDITO, S.L., con domicilio en c/goya, 29 Planta 2-3, 28001, Madrid – Base de Datos ASNEF.
- En caso de que el Prestatario no cumpla o cumpla inadecuadamente sus obligaciones derivadas del Contrato de MICROCRÉDITO, el Prestamista tiene el derecho de transferir a terceros el derecho de hacer cumplir los pagos pendientes.
- El prestamista tiene derecho a ceder a terceros las cuentas por cobrar, incluidas las no vencidas, derivadas del Contrato de MICROCRÉDITO.
- El Prestatario no podrá ceder su posición contractual.
CLÁUSULA 15 - EL DERECHO DE DESISTIMIENTO
- El Prestatario, dentro de los catorce (14) días naturales posteriores al otorgamiento del Contrato de MICROCRÉDITO, podrá utilizar el derecho de desistimiento y, en consecuencia, retirarse del Contrato de MICROCRÉDITO sin ninguna argumentación ni sanción, mediante notificación irrevocable por escrito al Prestamista. Si el Prestatario no hubiere enviado tal notificación con respecto al ejercicio del derecho de desistimiento al Prestamista, en cumplimiento del procedimiento y dentro del plazo establecido por las presentes Condiciones Generales del MICROCRÉDITO, el Prestatario será privado de su derecho al desistimiento. La comunicación deberá estar debidamente firmada y deberá indicar (i) el nombre completo del Prestatario; número del D.N.I./N.I.E./Pasaporte, y deberá adjuntar una copia del mismo; y (ii) la fecha de firma y el número del Contrato de MICROCRÉDITO;
- Reembolsar al Prestamista cualquier cantidad recibida antes del ejercicio de dicho derecho de retirada acumulada (Importe del MICROCRÉDITO, Interés del MICROCRÉDITO sobre el Importe del MICROCRÉDITO recibido, otras comisiones y gastos (si los hubiere)) a partir de la fecha de disposición del Importe del MICROCRÉDITO y finalizando en la fecha de reembolso de todas las Remuneraciones contractuales pendientes. Dichos importes se devolverán al Prestamista lo antes posible y en ningún caso, superarán un máximo de treinta (30) días naturales a partir de la fecha de notificación de la retirada, de acuerdo con lo estipulado en el artículo 28.2 de la Ley 16/2011, de 24 de junio, de contratos de crédito al consumo.
- Los plazos referidos en la presente cláusula computarán desde la fecha de suscripción del presente Contrato de MICROCRÉDITO. Si la fecha fuera posterior a la fecha de suscripción, se tomará como válida la fecha en que el Prestatario recibiera las Condiciones Generales y la información recogida en el artículo 16 de la Ley 16/2011, de 24 de junio, de contratos de crédito al consumo. Se considerará que el Cliente ha recibido la información requerida cuando ella estuviera contenida en la copia que recibiera de su solicitud de crédito o del Contrato, o en la copia de cualquiera de ellos que fuera puesta a disposición del Cliente.
CLÁUSULA 16 – DERECHO Y OBLIGACIONES DE LAS PARTES
- El Prestatario tiene derecho y se obliga a:
- Ser informado sobre las características principales de la oferta de MICROCRÉDITO proporcionada por el Prestamista. El Prestatario declara que con carácter previo a la conclusión del presente Contrato se le ha facilitado (i) la "Información Normalizada Europea sobre Crédito al Consumo" en los términos legalmente aplicables y (ii) la información previa al contrato legalmente requerida en materia de comercialización de servicios financieros a distancia y de contratos de crédito al consumo, que ha leído, entendido y aceptado como tal.
Asimismo, el Prestatario declara que previa a la suscripción y formalización del presente Contrato de MICROCRÉDITO ha tenido a su disposición de toda la documentación informativa, precontractual y contractual necesaria y detallada en el presente Contrato de MICROCRÉDITO.
- Reembolsar el crédito antes del vencimiento, total o parcialmente, en las condiciones establecidas en el presente Contrato de MICROCRÉDITO.
- Recibir de forma gratuita una vez finalizado el Contrato de MICROCRÉDITO como consecuencia del reembolso total de todas las cantidades debidas, un documento expedido por el Prestamista en el que se deje constancia del cumplimiento de las obligaciones derivadas del presente Contrato y su cancelación.
- Pagar las deudas resultantes de este Contrato al término del vencimiento acordado y aceptado mediante la firma del presente Contrato de MICROCRÉDITO.
- Abonar los fondos necesarios para cumplir con los vencimientos de conformidad con el Método de Pago solicitado.
- Poner a disposición del Prestamista, cuando éste lo solicite y en los términos comunicados en cualquier momento durante la vigencia del Contrato de MICROCRÉDITO o hasta el pago total de las deudas derivadas del presente Contrato de MICROCRÉDITO, documentación acreditativa de su solvencia.
- Notificar por escrito al Prestamista cualquier cambio relacionado con el domicilio, residencia o lugar de trabajo del Cliente dentro de los cinco (5) días naturales posteriores a su acaecimiento.
- Reembolsar al Prestamista todos los gastos en los que hubiese incurrido, derivados del ejercicio de acciones legales para la recuperación de las cantidades reclamadas, a título enunciativo, costas, impuestos, tasas, etc.
- Ser informado sobre las características principales de la oferta de MICROCRÉDITO proporcionada por el Prestamista. El Prestatario declara que con carácter previo a la conclusión del presente Contrato se le ha facilitado (i) la "Información Normalizada Europea sobre Crédito al Consumo" en los términos legalmente aplicables y (ii) la información previa al contrato legalmente requerida en materia de comercialización de servicios financieros a distancia y de contratos de crédito al consumo, que ha leído, entendido y aceptado como tal.
- El Prestamista tiene derecho y se obliga a:
- Emplear los mecanismos de identificación y verificación la identidad del Prestatario habilitados legalmente para recabar cuanta información personal y financiera sea necesaria, con la única finalidad de tomar una decisión en relación con la solicitud de crédito recibida, en relación con la decisión de conceder el MICROCRÉDITO solicitado u ofrecer unas condiciones financieras y económicas distintas. La identificación y verificación a través de terceros puede consistir en obtener información proporcionada por el propio cliente a través de fuentes de terceros que permiten la identificación a través de credenciales bancarias, y la realización de evaluaciones de solvencia, cuando sea necesario, de conformidad con la ley. El Cliente, mediante la celebración del Contrato de Crédito, se compromete a cumplir con todas las solicitudes del Acreedor en términos de esta cláusula. El Cliente reconoce y acepta que el Acreedor tendrá derecho a denegar la concesión del crédito y, por tanto, que no se formalizará el presente Contrato si el Cliente no proporciona la información y/o documentación que el Acreedor considere necesaria a tales efectos.
- Percibir el nominal del crédito prestado, incluidos los intereses, en los importes y fechas estipulados en el presente Contrato de Crédito.
- Percibir los intereses correspondientes a los importes debidos, de conformidad con lo dispuesto en el presente Contrato de MICROCRÉDITO y sus Condiciones Particulares
- Resolver unilateralmente y sin demora el presente Contrato de MICROCRÉDITO, sin necesidad de efectuar requerimientos previos o preavisos y sin tener que cumplir con ninguna formalidad previa. El Prestamista se reserva el derecho de declarar junto con la resolución del contrato, las cantidades debidas, líquidas, vencidas y exigibles, habilitándole esto a proceder en ejecución frente al Prestatario para recuperar los importes adeudados.
- Ceder los derechos y obligaciones derivados del presente Contrato de MICROCRÉDITO a favor de terceros sin el consentimiento previo del Prestatario.
- Informar al Cliente de manera diligente y transparente acerca de las características esenciales de los productos y servicios ofrecidos.
- No modificar las disposiciones del presente Contrato de MICROCRÉDITO sin el acuerdo previo del Prestatario.
- Facilitar, a solicitud del Prestatario, de forma gratuita y en cualquier momento durante la vigencia del Contrato de MICROCRÉDITO, un extracto de cuenta en forma de cuadro de amortización.
- Ofrecer al Prestatario de forma gratuita en virtud del reembolso total de cualesquiera cantidades debidas, un documento en el que se deje constancia del saldo pendiente de reembolso del MICROCRÉDITO y de cualesquiera otras cantidades debidas por el Prestatario bajo el presente Contrato de MICROCRÉDITO.
CLÁUSULA 17 – RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
- El Prestatario tiene derecho a rescindir este Contrato mediante un aviso de 1 mes de antelación a través de una declaración, enviada al Prestamista en un soporte duradero.
- El Prestamista tiene derecho a rescindir este Contrato con un plazo de preaviso de 2 meses mediante una declaración, enviada a el Prestatario en un soporte duradero.
- El Prestamista puede terminar el Contrato de MICROCRÉDITO con efecto inmediato si:
- Los datos proporcionados por el Prestatario durante el registro son falsos o no pueden ser verificados por el Prestamista
- El Prestatario retrasa el reembolso de cualquier cantidad que surja de estas Condiciones Generales del MICROCRÉDITO en más de 10 días naturales.
- La rescisión del Contrato por parte del Prestamista por las razones especificadas en el punto 3 anterior, hace que el MICROCRÉDITO concedido al Prestatario en las condiciones establecidas en estas Condiciones Generales del MICROCRÉDITO sea inmediatamente pagadero y el Prestatario esté obligado a devolverlo junto con la Comisión y los Intereses aplicables.
- En caso de rescisión del Contrato, el Prestatario estará obligada a reembolsar todos los importes derivados del Contrato de MICROCRÉDITO, a más tardar el último día de su vigencia.
- El Prestatario deberá notificar al Prestamista con respecto a cualquier cambio en la información del Prestatario especificada en el Contrato de MICROCRÉDITO incluyendo, sin limitación, el documento de identidad personal del Prestatario, lugar de trabajo, dirección, correo electrónico del Prestatario, número de teléfono, datos de la tarjeta de pago (fecha de expiración y código de seguridad CVV de la tarjeta), dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a la fecha de dichos cambios.
- El Prestamista podrá solicitar al Prestatario, a discreción del Prestamista y/o de conformidad con la Ley:
- la confirmación de la nueva información mediante el uso del Número de Teléfono o en el Portal y/o de cualquier otro modo;
- información adicional relacionada con la ejecución del Contrato de MICROCRÉDITO y la disposición del MICROCRÉDITO, incluyendo información relacionada con la capacidad crediticia (solvencia), identificación del Prestatario y/o los medios monetarios del Prestatario
- El Prestamista no será responsable de ninguna notificación que no se haya recibido por el Prestatario, debido a que el Prestatario no haya notificado al Prestamista de los cambios en relación con la información proporcionada o como resultado de la interrupción de su comunicación (por ejemplo, anomalías en las actividades o sistemas de los proveedores de servicios (terceros), huelga de personal, pérdida de datos/documentos, etc.).
- El Prestamista podrá, por razones objetivamente justificadas, rescindir unilateralmente el Contrato de MICROCRÉDITO. Tales razones objetivamente justificadas pueden representar, a título enunciativo, pero no limitativo:
- La solvencia del Prestatario o de terceros que revele un riesgo importante de incapacidad del Prestatario para pagar el Importe de reembolso;
- Que el Prestatario haya proporcionado al Prestamista datos falsos o documentos engañosos, información incorrecta, incompleta, obsoleta o engañosa, o no haya presentado los documentos solicitados durante el periodo indicado por el Prestamista;
- La realización de transacciones bancarias no autorizadas/fraudulentas por parte del Prestatario;
- Si el Prestatario se encuentra en una situación de demora en relación con cualesquiera Remuneraciones contractuales (Importe del MICROCRÉDITO, Intereses del MICROCRÉDITO, Interés de demora, gastos o costes) por un plazo superior a más de 7 (siete) días naturales;
- El Prestatario incumplió cualquier otra obligación esencial del Contrato de MICROCRÉDITO y si dicha violación no hubiere sido suspendida o subsanada dentro de los siguientes 5 (cinco) Días Hábiles después de que el Prestamista notificara por escrito al Prestatario de tal incumplimiento;
- Se inició una actuación penal contra el Prestatario relacionada con fraude, falsificación de documentos, malversación o robo de cualquier tipo de propiedad (incluyendo medios monetarios) y actividades delictivas similares;
- En caso de sospechas acerca del posible blanqueo de dinero y financiación del terrorismo;
- En caso de que el Prestatario deje de ser un residente español y/o notifique al Prestamista que se trasladará al extranjero y/o dejare de tener una dirección válida;
- El Prestamista no será considerado responsable por cualquier daño o pérdida que se haga al Prestatario al negar la Solicitud del PréstamoMICROCRÉDITO o en caso de que el Contrato de MICROCRÉDITO fuera rescindido unilateralmente por el Prestamista de conformidad con el Contrato de MICROCRÉDITO.
- El Prestamista tendrá derecho a asignar reclamaciones y/o obligaciones derivadas de este Contrato de MICROCRÉDITO a terceros. Los terceros tendrán además derecho a asignar estas reclamaciones y/o obligaciones a un número ilimitado de otros terceros. El Prestamista y los terceros tendrán derecho a revelar la información proporcionada para el otorgamiento del presente Contrato de MICROCRÉDITO a terceros, incluidas las instituciones de supervisión y agencias de crédito de conformidad con el Contrato de MICROCRÉDITO y la Ley española.
- La asignación de las reclamaciones derivadas del Contrato de MICROCRÉDITO no reducirá las garantías para el Prestatario bajo el Contrato de MICROCRÉDITO y la Ley española sin el consentimiento por escrito del Prestatario.
- El Prestamista podrá crear el historial crediticio del Prestatario con respecto a las responsabilidades del Prestatario y podrá entregar los datos referentes al Prestatario a otros Prestamistas o nuevos acreedores (terceros) del Prestatario, incluyendo los futuros.
CLÁUSULA 18 - CAMBIO DE LAS CONDICIONES GENERALES DEL MICROCRÉDITO
- El prestamista tiene derecho a cambiar las disposiciones de las Condiciones Generales del MICROCRÉDITO dentro de los 6 meses siguientes a cualquier cambio o introducción de nuevas disposiciones legales, recomendaciones o directrices de las autoridades españolas relacionadas con el cumplimiento de las Condiciones Generales del MICROCRÉDITO;
- El Prestamista notificará con la suficiente antelación al Prestatario sobre el cambio de las disposiciones de las Condiciones Generales del MICROCRÉDITO antes de la fecha de entrada en vigor de las modificaciones del Contrato de MICROCRÉDITO, en formato electrónico, enviando un correo electrónico junto con un documento del nuevo Contrato de MICROCRÉDITO en forma de archivo PDF que permita guardarlo en el ordenador del Prestatario, a la dirección de correo electrónico del Prestatario facilitada en el Formulario de Registro. El prestamista indicará las disposiciones que han cambiado y su nueva redacción, así como la fecha de entrada en vigor de las Condiciones Generales del MICROCRÉDITO modificado. Las modificaciones a las Condiciones Generales del MICROCRÉDITO serán vinculantes para el Prestatario si el Prestatario no termina el Contrato de MICROCRÉDITO en los términos establecidos en el mismo, en el plazo de catorce (14) Días Hábiles a partir de la fecha de recepción por el Prestatario de la notificación de la modificación al Contrato de MICROCRÉDITO mencionada anteriormente.
- La modificación de las disposiciones de las Condiciones Generales del MICROCRÉDITO se aplica únicamente a los Contratos de MICROCRÉDITO celebrados después de la fecha de entrada en vigor de la modificación.
CLÁUSULA 19 – PROTECCIÓN DE LOS DATOS PERSONALES
- En estricto cumplimiento con el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE (RGPD) y la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (LOPD-GDD), el Prestatario declara haber sido informado de conformidad con el Contrato de MICROCRÉDITO y las presentes Condiciones Generales del MICROCRÉDITO sobre el tratamiento de sus datos personales para las siguientes finalidades de tratamiento:
- presentar la Solicitud de MICROCRÉDITO para la concesión del MICROCRÉDITO, incluido el análisis de su solvencia crediticia, a través de la información proporcionada directamente por el Prestatario o por terceros y para implementar las obligaciones comprendidas en las presentes Condiciones Generales del MICROCRÉDITO y en el Contrato de MICROCRÉDITO;
- ejecutar los pagos y verificar el cumplimiento de las obligaciones relacionadas con el dinero, incluidas aquellas acciones destinadas a garantizar el cumplimiento de dichas obligaciones o la inclusión en los archivos de solvencia patrimonial;
- crear estadísticas, proporcionar informes obligatorios, así como recibir y enviar la información respectiva a las instituciones estatales y municipales y/o autoridades de supervisión;
- para recibir y proporcionar información a los burós de crédito directamente o mediante la asistencia de terceros;
- para la asignación de las reclamaciones derivadas del Contrato de MICROCRÉDITO a terceros;
- evaluar la solvencia del Prestatario (solvencia crediticia) y otro hecho significativo que influye en la conclusión o implementación del Contrato;
- recibir información sobre el Prestamista o terceros relacionados con el Prestamista, incluida información comercial y publicidades con fines comerciales y publicitarios, a saber, recibir material promocional del Prestamista, socios del Prestador a través de servicios postales tradicionales o por medios electrónicos (es decir, teléfono, SMS al Número de Teléfono y / o correo electrónico del Prestatario o a través del Perfil en el Portal) con el consentimiento del Prestatario y/o usuario;
- para cumplir con las obligaciones legales que son aplicables (como, por ejemplo, sin limitación alguna, la prevención de blanqueo de capitales y demás disposiciones de la Ley española).
- Todos los datos de carácter personal que el Prestatario facilite a través del formulario de Solicitud de MICROCRÉDITO, correos electrónicos o medios de comunicación electrónicos equivalentes, correo ordinario, telefónicamente o por cualquier otro medio de comunicación a distancia disponible en cada momento, serán incorporados a una base de datos de titularidad de Bantor Atlantic S.A.
- El Prestatario es informado y acepta que, en caso de que el Prestatario no haya ejecutado los pagos contractuales bajo el presente Contrato, los datos personales del Prestatario podrán ser comunicados al Servicio de Crédito de Asnef-Equifax, domiciliado en el Paseo de la Castellana 259D, planta 27, Torre espacio, 28046, Madrid.
- En cumplimiento con los fines descritos anteriormente y para garantizar la identificación del Prestatario, el Prestamista tiene derecho a tratar todos los datos indicados en la cláusula 3 de las Condiciones Generales de MICROCRÉDITO, así como cualquier información financiera, bancaria y de activos, incluidos datos sobre solvencia financiera.
- La base de legitimación para el tratamiento de los datos personales será la de la ejecución del Contrato de MICROCRÉDITO de acuerdo con las finalidades contenidas en la presente cláusula. Si el Prestamista tratara los datos personales del Prestatario para otros fines, el tratamiento de datos solo podrá llevarse a cabo cuando se obtenga la autorización expresa del Prestatario y, por tanto, haciendo uso del consentimiento del Prestatario.
- El prestamista garantiza el tratamiento y la seguridad del tratamiento de datos personales del Prestatario de conformidad con el RGPD y la LOPD-GDD.
- El Prestatario puede ejercer sus derechos de acceso, rectificación, supresión, oposición, limitación de tratamiento, portabilidad de sus datos personales y derecho a no ser objeto de decisiones individuales automatizadas, en los términos establecidos en el RGPD y la LOPD-GDD actual, escribiendo a la dirección física del Prestamista o por correo electrónico a soporte@movinero.es con una copia de cualquier documento de identificación válido.
- El Prestatario acepta que el Prestamista, en su calidad de sujeto obligado en materia de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, podrá acceder, tratar e intercambiar información con ficheros centralizados de prevención del fraude en el sistema financiero tanto nacionales como pertenecientes a otras jurisdicciones, de conformidad con lo dispuesto en la Ley española 10/2010, de 28 de abril, de prevención del blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, y en observancia de lo previsto en la normativa de protección de datos de carácter personal (RGPD y LOPD-GDD). En caso de que el Prestatario facilite información falsa, errónea o incompleta y el Prestamista tenga sospechas razonables de que se está produciendo un fraude, este facilitará dicha información a las entidades responsables de ficheros de prevención del fraude y cualesquiera otras organizaciones y autoridades encargadas de la prevención del blanqueo de capitales y del fraude, por obligación legal. El Prestamista llevará a cabo las comprobaciones de ficheros indicados anteriormente con motivo de la evaluación de su veracidad, su solvencia y de la solicitud del MICROCRÉDITO, así como al objeto de verificar su identidad y prevenir y detectar el fraude, el blanqueo de capitales y otros delitos. Asimismo, el Prestamista accederá de forma periódica a los citados ficheros en el marco de la gestión de la relación contractual con el Prestatario.
CLÁUSULA 20 – COMUNICACIONES
- Toda notificación o comunicaciones futuras que el Prestamista dirija al Prestatario en relación con el presente Contrato de MICROCRÉDITO, se remitirán a las direcciones de correo electrónico, correo postal y teléfono que el Prestatario designe en su Solicitud de MICROCRÉDITO.
- El Prestatario acepta que todos los avisos relevantes y otras comunicaciones se le puedan enviar mediante correo electrónico o a través del sistema de mensajería interno de la Cuenta de Cliente en el Sitio Web, de manera preferente sobre otras formas de contacto indicadas en el proceso de registro y solicitud del MICROCRÉDITO.
- El idioma de las comunicaciones será español. El Prestamista se reserva el derecho de recibir y aceptar comunicaciones en otros idiomas.
- La alteración de los datos de contacto del Prestatario (correo electrónico, teléfono, dirección postal) deberá ser comunicado al Prestamista previamente por cualquier medio entre los referidos en la presente Condición.
CLÁUSULA 21 - RECLAMACIONES Y SOLUCIÓN EXTRAJUDICIAL DE CONTROVERSIAS
- El Contrato de MICROCRÉDITO habrá de interpretarse y juzgarse de conformidad con la legislación española.
- Las Partes, renunciando expresamente a cualquier derecho que puedan tener a su propia jurisdicción, acuerdan someter a los Tribunales de la Ciudad de Madrid. El Prestatario también tendrá derecho a solicitar la mediación o utilizar los derechos del Sistema Arbitral de Consumo del lugar de su residencia, en los casos y en la forma estipulados por la Ley.
- El Prestatario es informado y acuerda que el Prestamista tendrá derecho a transferir todas las obligaciones bajo el Contrato de MICROCRÉDITO sin ningún acuerdo adicional de novación celebrado entre las Partes. En tal caso el Prestamista, notificará al Prestatario a través del correo electrónico del Prestatario.
- La invalidez, nulidad o ineficacia de cualquiera de las disposiciones de estas Condiciones Generales del MICROCRÉDITO no afectarán a la validez del resto del Contrato de MICROCRÉDITO. Las Partes negociarán de buena fe una disposición válida, legal y eficaz a efectos de sustituir la disposición en cuestión en los términos más similares posibles.
- El Prestario podrá dirigir cualquier queja o reclamación al Servicio de Atención al Cliente del Prestamista a través de correo electrónico a la dirección soporte@movinero.es y a través del número de atención telefónica 932 203 367
CLÁSULA 22 – INFORMACIÓN PREVIA SOBRE PRODUCTOS Y SERVICIOS FINANCIEROS
- El presente Contrato de MICROCRÉDITO es facilitado al Prestatario con antelación suficiente a la celebración del mismo en consideración a la naturaleza y características de los productos y servicios de crédito que pueden ser suscritos a su amparo y, con carácter previo al nacimiento de cualquier derecho u obligación que corresponda a cualquiera de las Partes.
- El Prestatario reconoce haber tenido acceso, conocer y aceptar con carácter previo a la celebración de este Contrato de MICROCRÉDITO a través de un soporte duradero, información previa adecuada relativa a:
- a la identidad corporativa del Prestamista,
- los canales a través de los cuales el Prestamista desarrolla su actividad con el Prestatario,
- los servicios e instrumentos financieros que pueden ser suscritos al amparo de los Servicios, sus riesgos, características y sobre los gastos y costes asociados a los mismos en su caso,
- a los medios de reclamación e indemnización indicados en el presente Contrato de MICROCRÉDITO.
- El Prestatario manifiesta que le ha sido entregado en soporte duradero con suficiente antelación y de forma previa a la firma del presente Contrato de MICROCRÉDITO, la correspondiente información precontractual sobre los servicios de créditos ofrecidos por el Prestamista.
- El Prestatario manifiesta y reconoce haber leído, comprendido y aceptado los términos del presente Contrato, y que estos han sido negociados con el Prestamista con carácter previo a la firma del presente Contrato de MICROCRÉDITO, con base en la información proporcionada por el Prestatario.
- El Prestatario asimismo reconoce haber sido previamente informado de forma clara y gratuita sobre el importe de las comisiones que adeudará por cualquier concepto y de todos los gastos que se le repercutirán con motivo de la suscripción del presente Contrato de MICROCRÉDITO.
CLÁUSULA 23 - DISPOSICIONES FINALES
- Estas Condiciones Generales del MICROCRÉDITO se aplica al primer y a cada uno de los siguientes MICROCRÉDITO concedidos a el Prestatario por el Prestamista.
- Las Partes tendrán derecho a acordar procedimientos específicos relacionados con el cumplimiento de las respectivas obligaciones estipuladas por las presentes Condiciones Generales del MICROCRÉDITO. En este caso, dicho acuerdo se hará por teléfono utilizando el número de teléfono o mediante el perfil en el Portal o de otra manera acordada por las Partes.
- Con el propósito de mejorar la calidad de los servicios y garantizar la seguridad de las transacciones, el Prestamista se reserva el derecho de grabar, fotografiar, grabar en video, electrónicamente o de cualquier otra forma y conservar datos sobre su relación con el Prestatario. El Prestatario admite que esta información sirve como evidencia para la solución de controversias.
- Para resolver la disputa entre el prestamista y el prestatario, también es posible utilizar la plataforma de Internet de ODR disponible en: http://ec.europa.eu/odr/. La plataforma de ODR facilita la resolución extrajudicial de disputas entre consumidores y empresarios en línea.